LA MEJOR PARTE DE DECRETO 0045 DE 2024

La mejor parte de decreto 0045 de 2024

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a) Como consecuencia de que el coste de las actuaciones financiadas haya sido inferior al adelanto realizado.

182. De la tasa contributiva a cortesía de las Cámaras de Comercio. Los ingresos a favor de las Cámaras de Comercio por el examen de las funciones registrales, actualmente incorporadas e integradas en el Registro Único Empresarial y Social-Rues, son los previstos por las leyes vigentes

5. La condición de la empresa como concesionaria de transporte regular de viajeros por carretera será acreditada mediante certificado emitido por el órgano competente de la Dirección Militar de Transporte por Carretera y Ferrocarril expresando dicha circunstancia.

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Con pertenencias desde la entrada en vigor de este Verdadero Decreto-ralea y vigencia indefinida se añade una nueva disposición transitoria décima chale en el texto refundido de la Condición de Clases Pasivas del Estado, consentido por Efectivo Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, que queda redactada en los términos siguientes:

Por lo tanto, se hace necesario establecer el plazo máximo para que los contribuyentes que opten por la forma de suscripción de obras por impuestos, cumplan con la obligación de presentar la proclamación del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2019, así como para depositar el monto total del valor de los impuestos a remunerar en una fiducia con destino exclusivo a la ejecución de la obra objeto del proyecto; Que se requiere adicionar un idénticoágrafo al artículo 1.6.1.13.2.45. del Decreto núsolo 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, para precisar que el valía de los anticipos y del impuesto SIMPLE es viable realizarlo en efectivo, polímero débito, plástico de crédito, o mediante cheque de Administración o cheque girado sobre la misma plaza de la oficina que lo recibe y únicamente a la orden de la entidad financiera receptora, cuando sea del caso, o a través de transferencias electrónicas o abonos en cuenta, bajo su responsabilidad, a través de canales presenciales y/o electrónicos. Que en razón a la declaratoria de la emergencia sanitaria realizada por el Presidente de la República en el circunscripción Doméstico por la pandemia declarada por la Estructura Mundial de la Salubridad (OMS) del coronavirus -COVID-19, las empresas dedicadas al transporte etéreo comercial de pasajeros, los contribuyentes del sector hotelero que prestan servicios hoteleros y aquellos contribuyentes que tengan como actividad económica principal 9006 “actividades teatrales”, 9007 “actividades de espectáculos musicales en vivo” y 9008 “otras actividades de espectáculos en vivo”, se han trillado afectados por la disminución de pasajeros, turistas y espectadores, razón por la cual se requiere prorrogar las fechas de suscripción del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2019 y las fechas de suscripción del impuesto sobre las ventas (IVA) del bimestre marzo-abril y del cuatrimestre enero-abril del 2020, para este tipo de contribuyentes; Que en cumplimiento de los artículos 3o y 8o de la índole 1437 de 2011, y de lo dispuesto por el Decreto Único núpuro 1081 de 2015, modificado por el Decreto núexclusivo 270 de 2017, el plan de decreto fue publicado en la página web del Ministerio de Hacienda y Crédito Manifiesto; En mérito de lo expuesto, DECRETA:

4. En la solicitud tendrá que figurar necesariamente la cuenta bancaria en la que deseen que se realice el pago, acompañándose del correspondiente certificado de titularidad de la cuenta bancaria. La comunidad autónoma o entidad local podrá solicitar que el humus se haga en una cuenta de titularidad del consorcio de transportes o entidad pública que gestione los servicios de transporte que son objeto de estas ayudas, con la finalidad de avivar su aplicación a la financiación efectiva de la reducción del precio de los abonos y títulos multiviajes de transporte.

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En suma, atendida su finalidad y por el contexto de necesidad y exigencia temporal en el que se dicta este Efectivo decreto-índole, junto a concluir que concurre el presupuesto habilitante de extraordinaria y urgente penuria requerido en el artículo 86 de la Constitución Española, y se respetan los límites contemplados en dicho precepto.

b) Que hubieran aplicado dichos descuentos desde el inicio de la vigencia de esta prórroga y se comprometan a amparar su implantación hasta el 30 de junio de 2025.

1.Los posibles beneficiarios que deseen acceder a las ayudas acudirán su solicitud en la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, mediante el formulario que a tal finalidad estará adecuado en la mencionada Sede Electrónica.

6. El trabajador autónomo, durante el tiempo que esté percibiendo la prestación, deberá permanecer en alta en el régimen de Seguridad Social correspondiente e ingresar en la Gobierno Caudillo de la Seguridad Social la totalidad de las cotizaciones aplicando los tipos vigentes a la colchoneta de cotización correspondiente. La mutua colaboradora o, en su caso, el Instituto Social de la Acuarela abonará al trabajador autónomo, contiguo con la prestación por cese en la actividad, el precio de las cotizaciones por contingencias comunes que le hubiera correspondido ingresar de encontrarse el trabajador autónomo sin desarrollar actividad alguna, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 329 del texto refundido de la Calidad Militar de la Seguridad Social.

Se modifica el Efectivo Decreto-calidad 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes, en los siguientes términos:

b) Un abono mensual nominativo de tarifa única 20 euros, con validez de un mes desde la día de inicio de vigencia que podrá ser utilizado para todas las zonas de cada resolucion 0312 de 2019 pdf gratis núcleo.

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